jueves, 21 de octubre de 2010

Adiós a los usos y costumbres 2a. parte

Ya pasó de moda.
Después del levantamiento Zapatista de Liberación Nacional en México, la moda fue centrar el discurso sobre los derechos indígenas y múltiples leyes se reformaron para establecer la obligatoriedad de respetar sus lenguas indígenas y procurar que cuenten con traductores en sus relaciones con el gobierno.
De una u otra forma se evocaba la referencia obligatoria en materia de derechos indígenas que es el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y su espíritu inspiraba la perspectiva desde la que el gobierno federal y el estatal enfocaban el problema indígena en México, pero sólo desde el discurso.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no es congruente con las determinaciones del Convenio 169 de la OIT.
En el Estado de Oaxaca la moda incidió sobre la Constitución, se emitió una Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, que es letra muerta, pero que evidencia un sentimiento paternalista y al mismo tiempo de control estatal, que la invalidan.
Desprovistos de un marco legal que regule los usos y costumbres---excepto en materia electoral donde sí están reconocidos para la elección de autoridades muncipales---, el resto de lo que se conoce comúnmente como usos y costumbres es una verdadera anarquía fuera de toda legalidad.
En primer lugar se confunde a los usos y costumbres con las tradiciones de los pueblos. En materia religiosa por ejemplo, las mayordomías, consistentes en la celebración del Santoral católico, son una tradición pagana-religiosa que pervive en la actualidad y que en los pueblos se estima que forman parte de sus usos y costumbres, de modo que pertenecer a otras religiones ya es atentar contra el pueblo, desde la perspectiva de los usos y costumbres, lo cual ha generado severas violaciones a los derechos humanos en comunidades donde los practicantes de religiones distintas de la católica---principalmente---, son despojados y desterrados ante el mutismo de las autoridades tanto federales como locales.
Otro malentendido sobre los usos y costumbres lo representa una pretendida jurisdicción indígena por el que legalmente se reconoce a las autoridades indígenas la aplicación de sanciones de carácter administrativo, pero comúnmente estas autoridades se exceden y juzgan y sentencian incluso tratándose de delitos graves. Ya en otra oportunidad recordé el caso de una joven mujer que fue violada en los mixes y que el síndico municipal multó a los violadores con dos mil pesos a cada uno y a la chica con mil, "por andar de cusca".
Tanto la creencia de que la religión católica constituye un uso y costumbre contra el que no se puede atentar o la falsa creencia de que existe una jurisdicción indígena tienen que ser abatidas a través de la educación formal e informal.
En muchos de los juicios sumarios que se realizan en los pueblos indígenas existen personas que tienen un especial interés por complicar las cosas y lo logran, dejando a los usos y costumbres como un auténtico cultivo de caciques.
¿Y el Gobierno? Buena pregunta.

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